ARTÍCULO

RD 214/2025: qué es, a quién obliga y qué tiene que hacer tu empresa

Los eventos deportivos nos hace disfrutar del deporte, pero también pueden impactar en la concienciación sobre el medio ambiente.

El Real Decreto 214/2025 es la norma que más va a afectar a las empresas españolas en materia de sostenibilidad en los próximos años. Desde su entrada en vigor, miles de compañías tienen nuevas obligaciones concretas: calcular su huella de carbono, elaborar un
plan de reducción a cinco años y publicar esta información de forma accesible. Además, abre la puerta para que aquellas que quieran destacar se inscriban en el Registro oficial del Ministerio para la Transición Ecológica (MITECO) y compensen sus emisiones. Si aún no
sabes si tu empresa está afectada, esta guía te lo explica paso a paso.

¿Qué es el Real Decreto 214/2025?

El RD 214/2025, aprobado el 18 de marzo de 2025, regula el Registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono en España. Sustituye y amplía el marco anterior establecido por el Real Decreto 163/2014, conectando directamente con las exigencias de la Ley 11/2018 sobre información no financiera.

Su objetivo es alinear a España con los compromisos de neutralidad climática para 2050 y el Acuerdo de París, en consonancia con la Ley Europea del Clima (Reglamento UE 2021/1119), a la vez que se prepara para los estándares del nuevo marco europeo de certificación de absorciones (CRCF, Reglamento UE 2024/3012). El marco se completa con el Real Decreto 1151/2025, de 17 de diciembre, que regula el Fondo de Carbono para una Economía Sostenible (FES-CO2), instrumento público de financiación de proyectos de absorción de carbono en España.

En términos prácticos, el RD 214/2025 endurece y detalla cómo las grandes empresas deben medir y reportar las emisiones de CO2 generadas por su actividad, y crea el ecosistema oficial para compensarlas mediante sumideros en territorio nacional.

¿A qué empresas obliga el RD 214/2025?

Esta es la pregunta que más se están haciendo los CFOs y directores financieros de empresas españolas en este momento.

El RD 214/2025 no define a las empresas por su sector, sino por su tamaño y facturación. Están obligadas a calcular y publicar su huella de carbono aquellas sociedades a las que se aplica la obligación de informar sobre aspectos no financieros (Estado de Información No
Financiera). Concretamente, aplica a:

  • Sociedades con más de 250 trabajadores que tengan la consideración de entidades de interés público (exceptuando las pymes).
  • Sociedades con más de 250 trabajadores que, durante dos ejercicios consecutivos, reúnan al menos una de las dos circunstancias siguientes:
  • Que el total de las partidas del activo sea superior a 20.000.000 de euros.
  • Que el importe neto de la cifra anual de negocios supere los 40.000.000 de euros.

Adicionalmente, las empresas u organizaciones (independientemente de su tamaño) que quieran inscribirse voluntariamente en el registro para obtener el Sello oficial del MITECO deben cumplir con los requisitos metodológicos y de verificación del decreto.

¿Qué exige concretamente el RD 214/2025?

1. Calcular la huella de carbono

La empresa debe medir sus emisiones utilizando los factores de emisión oficiales del portal del registro. Es obligatorio incluir alcance 1 y alcance 2. El alcance 3 es voluntario para empresas privadas (obligatorio para administraciones públicas a partir del ejercicio 2028, a
reportar en 2029).

2. Presentar un plan de reducción

No basta con medir. El decreto exige un plan de reducción de emisiones con un objetivo cuantificado en un horizonte de al menos cinco años, detallando las medidas para conseguirlo.

3. Publicar la información

Toda esta información debe ponerse a disposición del público de forma gratuita y accesible en el portal de internet de la empresa o dentro de su informe de sostenibilidad. Para las empresas privadas, la inscripción en el Registro MITECO no es obligatoria por ley, pero realizarla de forma voluntaria es el único camino para compensar la huella con créditos de proyectos de absorción oficiales y obtener el Sello oficial del Ministerio.

¿Cuándo tienes que actuar? Plazos del RD 214/2025

La obligación de reportar ya era efectiva desde 2021 por las leyes mercantiles anteriores. Sin embargo, la adaptación a las nuevas reglas del RD 214/2025 tiene un calendario claro:

2026 es el año clave. La huella de carbono y el plan de reducción adaptados a las especificaciones de este Real Decreto deberán incorporarse en la información reportada en 2026, referida al ejercicio 2025. El plazo de presentación coincidirá con el depósito de las cuentas anuales (dentro de los seis meses siguientes al cierre del ejercicio).

Si tu empresa entra en el ámbito de aplicación, el momento de actuar es ahora.

¿Qué pasa si no cumples el RD 214/2025?

  • Sanciones mercantiles: su omisión en el Estado de Información No Financiera (EINF) supone un incumplimiento de la Ley de Sociedades de Capital y el Código de Comercio.
  • Exclusión de licitaciones públicas: los órganos de contratación podrán incluir la huella de carbono como consideración medioambiental, acreditándose mediante la inscripción en este registro.
  • Daño reputacional y financiero: clientes, inversores y entidades bancarias exigen este tipo de acreditación en sus procesos de due diligence ESG.

Cómo cumplir con el RD 214/2025: los pasos

  • Paso 1 — Diagnóstico inicial: determinar qué fuentes de emisión de Alcance 1 y 2 aplican a tu organización.
  • Paso 2 — Cálculo de la huella: cálculo de emisiones utilizando los factores de emisión del MITECO. Dependiendo del tamaño, puede requerir verificación por entidad acreditada independiente.
  • Paso 3 — Plan de reducción: definición de un objetivo cuantificado a cinco años y medidas de reducción compatibles con la neutralidad climática a 2050.
  • Paso 4 (Voluntario pero clave) — Inscripción y Compensación: presentación de la huella en el Registro MITECO para obtener el distintivo oficial. Para las emisiones que no puedas reducir, la mejor estrategia es la adquisición de créditos de carbono verificados e inscritos en la Sección B del Registro (reforestaciones o proyectos de carbono azul en España).

El Sello Oficial y los créditos MITECO: la diferencia clave

Una pregunta frecuente es si los créditos de carbono internacionales sirven. En el marco oficial español, la compensación se realiza adquiriendo absorciones de proyectos inscritos en la sección b) del propio registro. Solo este circuito garantiza la obtención del Sello oficial
del Ministerio, lo que aporta el máximo reconocimiento ante la administración pública y asegura que la inversión climática se realiza bajo los más altos estándares de adicionalidad y permanencia que exige la normativa.

En resumen: los puntos clave del RD 214/2025

  • Obliga a empresas con más de 250 empleados y activos superiores a 20M€ o facturación superior a 40M€.
  • Exige calcular la huella de carbono (Alcances 1 y 2 obligatorios), elaborar un plan de reducción a 5 años y publicar la información.
  • El plazo clave es 2026: la información del ejercicio 2025 debe reportarse dentro de los 6 meses siguientes al cierre del ejercicio.
  • El incumplimiento conlleva sanciones mercantiles, exclusión de licitaciones públicas y daño reputacional.
  • La inscripción voluntaria en el Registro MITECO y la compensación con créditos oficiales son el único camino para obtener el Sello del Ministerio.

¿Está tu empresa obligada? Compruébalo sin compromiso

Si no tienes claro si el RD 214/2025 afecta a tu organización o por dónde empezar, en CO2 Revolution te ayudamos a hacer un diagnóstico inicial gratuito. Somos especialistas en el registro de proyectos de sumideros de carbono y en el acompañamiento a empresas en todo el proceso de cálculo, inscripción en el MITECO y compensación con créditos oficiales certificados.

Fuentes
Real Decreto 214/2025, de 18 de marzo (BOE-A-2025-7439) · Real Decreto 1151/2025, de 17 de diciembre (BOE-A-2025-26026) · Nota aclaratoria MITECO sobre aplicación del RD 214/2025 · Reglamento (UE) 2021/1119 (Ley Europea del Clima) · Reglamento (UE) 2024/3012 (CRCF)

CATEGORÍAS

ARTÍCULOS RELACIONADOS

RD 214/2025: qué es, a quién obliga y qué tiene que hacer tu empresa

eventos deportivos

Cómo reducir las emisiones de carbono de grandes eventos deportivos

COP 16

Todo sobre la COP16